Cierre de la actividad económica no esencial

Miércoles, 01 Abril 2020
¿En qué consiste el cierre de la actividad económica no esencial? Esto es todo lo que debes saber.
1)    La paralización de las actividades no esenciales y el permiso retribuido recuperable están en vigor del 30 de marzo al 9 de abril, ambos días incluidos.
2)    Los trabajadores afectados recibirán un “permiso retribuido recuperable”, su salario habitual abonado por la empresa, pero acumularán esas horas no trabajadas para recuperarlas posteriormente de forma paulatina y espaciada en el tiempo una vez acabe el confinamiento y hasta el 31 de diciembre del 2020.
3)     La medida solo afecta a aquellos trabajadores que seguían acudiendo a trabajar de forma física y cuyos trabajos no se consideraran esenciales en el decreto de estado de alarma.No afecta ni a los empleados que realizan teletrabajo, ni a los que están afectados por un ERTE o de baja por incapacidad temporal (IT) o por maternidad y/o paternidad.
4)    Las actividades consideradas esenciales son las vinculadas con: cadena de abastecimiento del mercado; hostelería y restauración a domicilio; producción y distribución de materiales sanitarios; transporte de personas y mercancías; cuerpos de protección y seguridad, públicos y privados; protección y atención a víctimas de violencia de género; centros sanitarios; servicios funerarios; medios de comunicación y venta de prensa; servicios bancarios, financieros y de seguros; telecomunicaciones, audiovisuales e informáticos esenciales; profesionales de la actividad judicial no suspendida; prevención de riesgos laborales; notarias y registros; limpieza, mantenimiento y reparaciones; centros de acogida a refugiados; abastecimiento de agua, gas y electricidad; predicción meteorológica; servicio postal y todas las que se hubieran considerado esenciales en el decreto del estado de alarma.
clients-logo clients-logo clients-logo clients-logo